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Consultas juridicas - hipotecas - Bases de cotizacion SS - Regularizacion extranjeros en Espana 2005 |
Grupo de Cotización
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Categorias y profesiones | Bases minimas | Bases maximas |
---|---|---|---|
1
| Ingenieros y Licenciados.Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores | 836,10 Euros/mes | 2.813,40 Euros/mes |
2
| Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 693,60 Euros/mes | 2.813,40 Euros/mes |
3
| Jefes Administrativos y de taller | 603,00 Euros/mes | 2.813,40 Euros/mes |
4
| Ayudantes no Titulados | 598,50 Euros/mes | 2.813,40 Euros/mes |
5
| Oficiales Administrativos | 598,50 Euros/mes | 2.813,40 Euros/mes |
6
| Subalternos | 598,50 Euros/mes | 2.813,40 Euros/mes |
7
| Auxiliares Administrativos | 598,50 Euros/mes | 2.813,40 Euros/mes |
8
| Oficiales de primera y segunda | 19,95 Euros/día | 93,78 Euros/día |
9
| Oficiales de tercera y Especialistas | 19,95 Euros/día | 93,78 Euros/día |
10
| Peones | 19,95 Euros/día | 93,78 Euros/día |
11
| Trabajadores menores de 18 años | 19,95 Euros/día | 93,78 Euros/día |
GRUPO COTIZACIÓN | BASE MÍNIMA/HORA |
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1 | 4,19 |
2 | 3,47 |
3 | 3,02 |
4 al 11 | 2,98 |
Bases 2005 para los autonomos y normas |
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El tipo de cotización
será del 29,80 por 100. No obstante cuando el trabajador por cuenta
propia haya optado por no acogerse a la cobertura de la protección
por incapacidad temporal, el tipo de cotización será del
26,50 por 100.
Las bases máxima y mínima de cotización a partir del día 1 de enero de 2005 serán: · Base maxima autonomos: 2.813,40 euros/ mes. · Base minima autonomos: 770,40 euros/ mes. La base de cotización de los trabajadores autónomos que, a 1 de enero del año 2005, sean menores de 50 años de edad, será la elegida por estos, dentro de los límites comprendidos entre las bases mínima y máxima. Los trabajadores autónomos que, a 1 de enero del año 2005, tengan cumplida la edad de 50 ó más años podrán elegir entre una base comprendida entre los 781,90 euros/ mes y 1.465,60 euros mensuales, salvo que con anterioridad, vinieran cotizando por una base superior, en cuyo caso, podrán mantener dicha base de cotización o incrementarla, como máximo, en el mismo porcentaje en que haya aumentado la base máxima de cotización a este Régimen. En los supuestos de trabajadores de 30 o menos años de edad, o de mujeres de 45 o más años de edad, la base de cotización será la elegida por ellos entre 598,50 y 2.813,40 euros mensuales. |
Bases y cuotas 2005 para los contratos de formacion |
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La cotización por los trabajadores que hubieran celebrado un contrato para la formación (o antiguos de apredizaje de 1997 aun vigentes), se realizará, durante el año 2005 de acuerdo con lo siguiente: Se abonará una cuota única mensual en euros, no fraccionable, distribuida del siguiente manera: Contingencias Comunes en contratos para la formación. Contingencias Comunes en Contratos de aprendizaje Contingencias profesionales Fondo Garantía Salarial Formación Profesional |